PERMISOS DE TRABAJO
Nuestra legislación ofrece diferentes tipos de Permiso de Trabajo de acuerdo a su situación migratoria en nuestro país. Si usted es extranjero y requiere trabajar, lo primero que debe poseer es un status legal en nuestro país o una condición que le permita optar por alguno de los permisos que le enunciamos a continuación:
- Casado con Nacional,
- Ejecutivo de Zona Libre de Colón,
- Trabajador extranjero dentro del 10% del Personal Ordinario de una empresa,
- Permiso de Trabajo para las personas que trabajan en las empresas afiliadas a la Ciudad del saber,
- Permiso de Trabajo en calidad de trabajador extranjero con cónyuge de nacionalidad panameña en virtud de Patria Potestad, (con hijos panameños),
- Trabajador extranjero dentro del 15% del personal especializado o técnico,
- Permiso de Trabajo como Extranjero Profesional,
- Permiso de Trabajo para los extranjeros cuyas funciones sirven efectos en el exterior,
- Permiso de Trabajo Indefinido como trabajador extranjero con más de 10 años de residencia en el país.
Si desea más información, no dude en contactarnos.